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EL CORRECTO PAGO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Actualizado: 25 feb 2020

Muchas veces al ver en la calle esos volantes que ofrecen afiliaciones al Sistema General de Seguridad Social por $69.999 con todo incluido (EPS, ARL, AFP y CCF) debo admitir que un escalofrío me embarga y siento miedo, un miedo por esa persona que desconoce, o que asume que está haciendo las cosas como deben ser, y al momento de enfrentarse a una situación de emergencia es cuando se choca contra la realidad, la realidad de que no se encuentra afiliado y que su dinero se esfumó, ya que al solicitar un servicio médico o de medicina laboral en caso de accidente de trabajo, puede toparse con que su afiliación "integral" fue TODO un fraude.

Lamentablemente son muchas las empresas o personas inescrupulosas que se aprovechan de la situación económica que vive el país y del desconocimiento de muchos; es acá donde le meten el gol al sistema y por ende a la persona que cree contribuir conforme dice la ley, sin tener presente que en un momento de crisis observa con miedo cómo su poco capital invertido en falsas promesas se desvanece al igual que las ilusiones de su atención y/o pronta recuperación, sin tener en cuenta el ahorro para su vejez.


Entonces, ¿Cómo le hacemos?

En caso de ser persona natural, le recomiendo que se afilie manualmente por la PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes), servicios como Mi Planilla, Aportes en Línea, Nuevo Soi, entre otros, ofrecen un servicio intuitivo y fácil de manejar para todas aquellas personas que son independientes, y que desean hacer sus aportes al Sistema General de Seguridad Social. Posterior a su liquidación, el sistema le arrojará un documento con un número, y puede pagar hasta en puntos de Baloto para su respectivo pago (así de fácil es).

En caso de ser persona jurídica, al igual que las personas naturales, únicamente cree el registro y cree el archivo plano de su personal vinculado, liquide el aporte según los ingresos de su personal y listo, pague por PSE o puntos físicos para su recaudo.


¿Cuándo debo pagar?

En el presente cuadro se describen las fechas límites para el pago de sus aportes al sistema:



Cuánto debo pagar?

Paga calcular el pago debe tener en cuenta los siguientes criterios para no tener problemas al momento de su afiliación, la de sus trabajadores o incluso ser notificado por periodos de mora por no pagar oportunamente o en base a los ingresos percibidos del mes correspondiente.


Entidad Prestadora de Servicios de Salud (EPS)

Para ejecutar el pago de su EPS, en primer lugar, debe encontrarse afiliado respectivamente a la EPS que mejor considere. Este aporte corresponde al 12.5% con base en el ingreso mensual.


Administradora de Riesgos Laborales (ARL)

Por otra parte, debe identificar el riesgo al cual se encuentra expuesto en la ejecución de su labor, las Administradoras de Riesgos Laborales clasifican cinco tipos de riesgos los cuales se discriminan en el Decreto 1607 de 2002.

En ese orden de ideas, según el tipo de riesgo corresponde el valor del aporte, en el siguiente cuadro se discrimina el aporte a realizar:



Debe tener en cuenta que dependiendo del tipo de riesgo se calculará su aporte, el riesgo 1 (I) es por ejemplo un riesgo de oficina, comercio en oficinas, etc. Mientras que el riesgo V aplica a personal que ejecute labores como manejo de maquinaria pesada, operarios que manejen rayos X, obra civil entre otros tipos de riesgo que pueden comprometer en gran medida su integridad física o psicológica.


Nota: En caso de ser contratista y que su actividad se reconozca como de riesgo IV o V, es responsabilidad del CONTRATANTE pagar la ARL al contratista. El Decreto que establece dicha reglamentación es el 0723 de 2013 y la Resolución 2087 de 2013. ¡OJO PUES!


Administradora de Fondo de Pensiones (AFP)

Este aporte es el más evadido en Colombia, el aporte a pensión se encuentra en el top 1 de la contribución al sistema ya que tenemos que aportar el 16% de nuestro ingreso y darlo para el ahorro de nuestra vejez.


Caja de Compensación Familiar (CCF)

En caso de ser persona natural, puede o no aportar a este, el aporte es completamente voluntario de afiliación, y lo calcularemos con un 4% de nuestro ingreso base de cotización.


¡Eso está muy caro!


Sí, pero tenga presente que muchas veces es mejor pagar algo a no tener nada en caso de una emergencia, además la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales (UGPP) puede hacer rastreos a personas naturales y jurídicas e iniciar un proceso de embargo o mandamiento de pago por el no aporte o la evasión recurrente de los aportes al Sistema General de Seguridad Social.


Ñapa

Tenga en cuenta que en la reforma tributaria del 2012 y según su fórmula, la Ley 1607 de 2012 exonera del aporte completo a salud por parte de los empleadores que tengan más de dos trabajadores, eso quiere decir que no deberá pagar el 12.5%, en vez de eso solo deberá pagar el 4%, además no tendrá que aportar al ICBF o al SENA.

Cómo aplicar al descuento: No tener a ningún trabajador que gane más de 10 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes.


Con este panorama estaríamos diciendo que para un contratista independiente que cotice sobre un salario mínimo en riesgo 1, (ARL, EPS y AFP, afiliaciones de ley) debería pagar algo así como $254.756. Teniendo en cuenta que este monto puede variar según el riesgo y el IBC (Ingreso Base de Cotización).


También debemos tener en cuenta que si se trata de un empleado con riesgo 1 seria aproximadamente de $215.254.


Saludos!


Ps. Jaime A. Pinzón V.

Consultor Integral en Desarrollo Organizacional, Seguridad y Salud en el Trabajo

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תגובה אחת


Laura Alejandra Castañeda
Laura Alejandra Castañeda
08 באוק׳ 2019

¡Excelente artículo! Gracias por compartir esta información tan útil e importante. Sin embargo tengo una duda: ¿Cómo calcular el pago de seguridad social pero con salario integral?

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